Seguro de Desgravamen
Seguro de vida obligatorio para adquirir algún tipo de crédito, puesto que permite al beneficiario pagar el saldo insoluto de la deuda indicada en el contrato que se encuentre pendiente a la muerte o invalidez del deudor asegurado.
Principales Coberturas:
- Fallecimiento Natural o Accidental.
- Invalidez permanente por enfermedad o accidente 2/3.
Se identifica como asegurado al deudor de un crédito y como beneficiario a la entidad que lo otorga, de modo que al fallecimiento del asegurado, la Aseguradora pagará al beneficiario (Institución), el saldo insoluto de la deuda.
Asegurado: Persona natural que toma un crédito.
Beneficiario: Entidad que otorga un crédito.
Capital: Saldo insoluto del crédito, identificado en las condiciones particulares de la póliza.

